El semanario Judicial de la Federación y su Gaceta dicen qué la Jurisprudencia es: La jurisprudencia es la interpretación de la ley, de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias que pronuncia la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en Pleno o en Salas, y por los Tribunales Colegiados de Circuito. Doctrinariamente la jurisprudencia puede ser confirmatoria de la ley, supletoria e interpretativa. Mediante la primera, las sentencias ratifican lo preceptuado por la ley; la supletoria colma los vacíos de la ley, cre… etc, etc, etc.
Para la mayoría de las personas, eso es completamente indecifrable. Por suerte para nosotros no y lo vamos a explicar.
Hay veces en que la ley es un poco confusa, ambigua o no es muy clara, sin embargo sigue siendo la ley. Cuando esto pasa, la autoridad la interpreta de cierta forma, da una sentencia y queda registrado. Después de que en cuatro ocasiones más, de casos similares, la autoridad interprete la ley de la misma manera, se forma una Jurisprudencia.
Cuando se presente otro caso similar, se puede recurrir a la Jurisprudencia como referencia y apoyo.