NOTIMEX. 18.09.2015 – 16:24h
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones informó que al resolver el amparo en revisión 103/2015, sobreseyó en el juicio que hicieron valer diversas empresas filiales de Televisa para impugnar un conjunto de resoluciones a través de las cuales se prorrogan y modifican los títulos de concesión para explotar la banda 2.5 gigahertz otorgados a la empresa MVS Radio y a otros. En los resolutivos, se establece que la autoridad no estaba disponiendo de un espectro desocupado En un comunicado se destacó que la resolución se sustenta, entre otras razones, en que las empresas quejosas no acreditaron tener interés legítimo o, lo que es lo mismo, que esa decisión de la autoridad afecte sus derechos. Las quejosas se inconformaron con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes por las negociaciones realizadas para disponer del espectro de la banda 2.5 MHz sin que las hubiera tomado en cuenta para beneficiarlas con el reparto de la frecuencia como concesionarias. En los resolutivos, se establece que la autoridad no estaba disponiendo de un espectro desocupado, sino que dio cumplimiento a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que le ordenó iniciar el procedimiento administrativo de rescate de la banda 2.5 GHz y negociar nuevas condiciones de uso con los titulares de los derechos. Asimismo, clarifica que para intervenir en una resolución por la cual se prórroga a otro la explotación y uso de un título de concesión debe acreditarse el interés legítimo y no solo el propósito de obtener un beneficio económico. Cabe destacar que las quejosas, empresas filiales de Televisa, combatieron mediante este amparo en revisión, el acuerdo suscrito entre la SCT y MVS Radio y otras empresas, que dio por terminado una serie de litigios, algunos iniciados desde antes de 2010, ante la falta de respuesta a la solicitud de prórroga de diversas concesiones de la banda 2.5 GHz.
Deja sin efecto la multa a Telcel El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvió el recurso de revisión 52/2015, promovido por Iusacell y otras empresas a fin de lograr la subsistencia de la multa de unos 12 mil millones de pesos impuesta a Radiomóvil Dipsa, propietaria de la marca Telcel. La resolución se apoya en el criterio sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un asunto similar En un comunicado se indicó que el sobreseimiento se decretó en razón de que los actos impugnados por las empresas quejosas en el procedimiento seguido por la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) a Telcel concluyó con la aprobación del pliego de compromisos presentado por la empresa para ser cumplidos entre 2011 y 2014. En la presente resolución se dejó intocada la decisión de la Cofeco de aprobar los compromisos con los que concluyó el procedimiento y con lo cual quedó sin efectos la multa impuesta por aproximadamente 12 mil millones de pesos. Se añade que la resolución se apoya en el criterio sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un asunto similar, y obedece a que la aprobación de los compromisos asumidos por Telcel ya no puede surtir efectos legales ni materiales porque ya agotó su objetivo, dado que los compromisos concluyeron en 2014. «De ahí que se haya considerado que aun cuando subsista esa resolución aprobatoria, su objeto dejó de existir al haberse llevado a cabo las acciones que tenían como propósito reordenar el mercado de las telecomunicaciones a través, entre otras medidas, de la reducción de las tarifas por la interconexión», se argumenta.