NULIDAD PARA EFECTOS. LA SENTENCIA DEBE CUMPLIRSE EN EL PLAZO DE CUATRO MESES, CONTADOS A PARTIR DE QUE QUEDE FIRME EL FALLO, SO PENA DE QUE PRECLUYA EL DERECHO DE AUTORIDAD PARA TAL EFECTO.- Conforme a los artículos 52, fracciones III, IV y párrafos segundo y sexto y 53, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa que obligue a la autoridad a realizar un determinado acto, iniciar o reponer un procedimiento, deberá cumplirse dentro del plazo de cuatro meses contados a partir de que la sentencia quede firme, lo que ocurre cuando el fallo no admita recurso o juicio; admitiéndolo, no fuera impugnado o cuando, habiendo sido interpuesto el medio de impugnación, haya resultado contrario a los intereses del promovente, así como cuando la sentencia sea consentida por las partes; es decir, cuando transcurran los términos legales sin que sea impugnada. Por tanto, si en el juicio contencioso administrativo, el promovente comprueba que la autoridad competente encargada de dar cumplimiento a la sentencia, emitió y notificó la resolución en fecha posterior al día en que se agotó el plazo de los cuatro meses; se actualiza la preclusión del derecho de la autoridad para hacerlo y en consecuencia, procede que el Tribunal, declare la nulidad lisa y llana de la resolución, por haberse dictado en contravención de la norma.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-23/2017)
PRECEDENTES:
VIII-P-1aS-54
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4358/15-01-01-6/1676/16-S1-05-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 4 de octubre de 2016, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Julián Alfonso Olivas Ugalde.- Secretario: Lic. Roberto Carlos Ayala Martínez.
(Tesis aprobada en sesión de 8 de noviembre de 2016)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 5. Diciembre 2016. p. 182
VIII-P-1aS-171
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4027/15-01-01-1/1280/16-S1-05-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 11 de julio de 2017, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Guillermo Valls Esponda.- Secretaria: Lic. Hortensia García Salgado.
(Tesis aprobada en sesión de 11 de julio de 2017)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 13. Agosto 2017. p. 171
VIII-P-1aS-172
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 26014/16-17-07-5/1351/17-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 11 de julio de 2017, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Diana Patricia Jiménez García.
(Tesis aprobada en sesión de 11 de julio de 2017)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 13. Agosto 2017. p. 171
VIII-P-1aS-207
Queja relativa al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7367/12-07-02-2/1188/13-S1-01-03-QC.- Resuelta por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 26 de septiembre de 2017, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretario: Lic. Roberto Alfonso Carrillo Granados.
(Tesis aprobada en sesión de 26 de septiembre de 2017)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 15. Octubre 2017. p. 152
VIII-P-1aS-208
Queja relativa al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5402/09-06-01-3/839/12-S1-05-04-QC.- Resuelta por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 3 de octubre de 2017, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrado Ponente: Guillermo Valls Esponda.- Secretario: Lic. Arturo Garrido Sánchez.
(Tesis aprobada en sesión de 3 de octubre de 2017)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 15. Octubre 2017. p. 152
Así lo acordó la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión celebrada el nueve de noviembre de dos mil diecisiete.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Primera Sección del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada María del Consuelo Hernández Márquez, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe.
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 17. Diciembre 2017. p. 22